Desde la implementación la facturación electrónica han surgido diferentes dudas sobre qué es y quiénes están obligados a facturar electrónicamente, aquí te contamos si tu empresa aplica o no a esta nueva modalidad.
En teoría, todas las personas jurídicas y naturales deberían ejercer esta práctica, entendiendo que para la DIAN será mucho más sencillo hacer un seguimiento legal de los ingresos y egresos. Sin embargo, quienes realmente están obligados a hacerlo son:
Todas las empresas que están constituidas deben facturar de manera electrónica, ten presente que esto asegura que todas las transacciones realizadas queden registradas de manera correcta y dentro del marco legal. Esto aplica para grandes empresa, micro, pequeñas y medianas (pymes) que realicen ventas de productos o servicios gravados con IVA.
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Las personas naturales que superen el límite de ingresos establecido por la DIAN (3.500 UVT) están obligados a adoptar la facturación electrónica.
Ten presente que quienes estén sujetos a estos tributos deben generar facturas electrónicas para todas sus transacciones comerciales con el fin de que la DIAN controle de manera más efectiva el recaudo del IVA.
Los trabajadores por cuenta propia que realicen actividades comerciales, industriales o de servicios están dentro del régimen de facturación electrónica.
👀¡OJO! Si eres un trabajador independiente verifica que tus ingresos no superen las 3.500 UVT, de lo contrario tendrás que empezar a facturar de manera electrónica.
Este régimen les permite pagar tributos de manera unificada y con tarifas reducidas, pero a cambio, están obligados a facturar electrónicamente. ¿Y quiénes son? Emprendedores, comerciantes y profesionales independientes que buscan una forma más sencilla de cumplir con sus impuestos.
Las entidades estatales que realizan actividades económicas deben facturar electrónicamente para garantizar la transparencia en sus transacciones.
Esta normativa incluyó nuevos sectores y actividades que deben cumplir con la obligación de facturar electrónicamente.
💡TEN PRESENTE: Emitir facturas electrónicas te ayuda a acceder a beneficios tributarios y mejorar la formalidad de tu negocio.
Algunos contribuyentes están exentos de esta obligación, como los trabajadores dependientes, los pensionados, las personas naturales cuyos ingresos no superan el límite de 3.500 UVT y ciertos regímenes especiales definidos por la DIAN.
Con la implementación de la factura electrónica se han abierto diferentes espacios para la duda, por eso, acá te respondemos algunas preguntas frecuentes:
No cumplir con la obligación de facturar electrónicamente puede acarrear sanciones económicas y el cierre temporal del establecimiento. Además, la facturación electrónica también trae beneficios para tu empresa, mejor pide asesoría directa en la DIAN y empieza tu proceso.
Las sanciones varían según el incumplimiento, pero pueden incluir multas sobre el 5% de los ingresos operacionales o el cierre del negocio.
Puedes consultar en la página web de la DIAN ingresando tu NIT o revisando la normativa vigente.
Sí, estos sectores están incluidos en la obligación de facturación electrónica según la reglamentación de la DIAN. Recuerda siempre la normatividad y los casos específicos.
En Magneto te mantenemos informado para que tomes las mejores decisiones en tu negocio. Te recomendamos siempre que consultes con personas expertas en el tema para que tengas mayor claridad sobre la normatividad y la vigencia de cada requisito nuevo ante la DIAN.
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